¿Qué es el Compliance?
El concepto de Compliance hoy en día no resulta tan extraño como hace tan solo unos pocos años en nuestro país, y ha pasado a formar parte del lenguaje habitual en el entorno empresarial y económico-jurídico.
Sus orígenes se pueden encontrar en los años 70 en Estados Unidos, como consecuencia del Caso Watergate y el descubrimiento, tras las investigaciones realizadas por las autoridades americanas, de prácticas corruptas de más de 400 empresas. Esta circunstancia originó la iniciativa “salvar el capitalismo”, cuya finalidad era obtener unos comportamientos empresariales más éticos que mostrar al mundo, momento en el cual aparece por primera vez la figura de un “Compliance Officer” que vele por evitar ese tipo de prácticas.
Antecedentes de la incorporación del Compliance
Los grandes escándalos propiciados en los años 2000 por ENRON, PARMALAT, SIEMENS con repercusión global, exigió un refuerzo en las políticas de control a las grandes corporaciones empresariales. Esta crisis empresarial llevó a Australia a dictar unos estándares de cumplimiento normativo que han servido como modelo y referente al resto de países y empresas para incorporarlo en sus modelos de gestión y organización.
Contribuyendo a lo anterior, la crisis financiera de la anterior década a la actual, donde cayeron los grandes bancos (Lehman Brothers, Subprimes, Bankia…), abrió los ojos a los estados para obligar al establecimiento de normas sobre buenas prácticas en los órganos de administración de los sectores regulados.
También la Unión Europea sumándose a la persecución del fraude fiscal ha dictado varias Directivas Comunitarias en materia de transparencia fiscal y lucha contra el terrorismo, que persiguen reforzar el cumplimiento normativo de las empresas.
Todo ello ha contribuido a que, por parte de las empresas, se hayan adoptado unos modelos de organización y de gestión interna de cumplimiento normativo en consonancia con las normas nacionales y estándares internacionales que les vienen impuestos.
El Compliance a la práctica
Por tanto, podríamos definir el Compliance (también conocido como Programas de Compliance, Sistema de Cumplimiento Normativo, Sistemas de Gestión y organización) como un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las empresas para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.
En síntesis, el Compliance consiste en la implantación en la empresa de modelos organizativos que se dirijan a la prevención de incumplimientos normativos.
Consecuencia de la marea normativa promulgada por el Estado de normas de obligado cumplimiento para las empresas cuyo contenido hace necesario conocer para no incurrir en ningún tipo de sanción de índole administrativa o penal, ha provocado que las compañías quieran mitigar sus riesgos mediante la implantación en su seno estos programas de cumplimiento normativo, Compliance.
Hay que tener en cuenta, no obstante, que el primer paso de todo sistema de Compliance se centra en la decisión consciente, deliberada y firme, de implantar un sistema de cumplimiento normativo por parte del órgano de gobierno de la sociedad. A partir de ahí, se iniciará el análisis de riesgos y la promulgación de normas éticas y políticas empresariales, acompañadas de sus protocolos de actuación.
¿Cuándo surge el Compliance en España?
En nuestro País, las empresas reguladas, mercado bursátil, sector financiero, farmacéutico, cuentan con Programas de Compliance desde hace años.
Y ha sido con el transcurso del tiempo, el que la incuestionable complejidad de la labor de cumplimiento a las empresas de acatar las normas que regulan su sector y el lugar en el que operan, haya propulsado el cambio de perspectiva y la necesidad de contar con personal especializado en estos temas, convirtiéndolo en una nueva profesión.
La entrada en vigor de la Reforma al Código Penal, en el año 2010, que introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas extendió el concepto de Compliance, quedando evidente la función primordial de los modelos de Compliance penal para prevenir conductas ilícitas en las actividades de las empresas, y su importancia para evitar o mitigar su responsabilidad penal.
El Compliance penal es un tipo de Compliance que trata de prevenir los riesgos de comisión de delitos por parte de las empresas.
Incorporando el Compliance en tu empresa
Para que este programa de prevención de delitos sea eficaz, los administradores no sólo deben promover la implantación de un modelo de prevención penal efectivo en sus empresas, sino también haber atribuido su gestión a un órgano ex profeso, o bien a aquel que tenga encomendadas funciones de supervisión de los controles internos, entre otros, lo que se ha venido a denominar Compliance Officer acogiendo el término americano de los años 70.
Por ello, las empresas que tengan implementado un Programa de Compliance penal podrán eximirse de dicha responsabilidad penal, pero para ello no debe ser asumido únicamente como una cuestión de estética empresarial, sino que además deberá acreditarse que existe una “verdadera cultura de cumplimiento normativo” en toda la organización.
¿Cómo puede beneficiar a una empresa?
Las empresas pueden verse beneficiadas de muchas formas cuando incorporan un Programa de Compliance en su organización, por ejemplo:
- Atenuante o eximente en un procedimiento penal
El Compliance penal puede servir como eximente de responsabilidad penal a una empresa o al menos, atenuar su responsabilidad, en caso de estar incursa en un proceso penal como consecuencia de que se haya cometido un delito en el seno de su empresa, dentro de los requisitos y circunstancias previstas en la Ley.
- Evitando otras sanciones judiciales y administrativas
El establecimiento de un sistema de gestión Compliance que analice en profundidad y de forma individualizada para cada empresa sus obligaciones y promueva su cumplimiento contribuye a evitar sanciones judiciales distintas a la penal (responsabilidad civil, medioambientales, administrativas, etc.) como de organismos públicos con potestades sancionadoras (Agencia Tributaria, AEPD, SEPBLAC, Tribunal de Defensa de la competencia, etc.).
- Mejora de los procesos productivos empresariales
La implantación de un Compliance, además de poder ayudar a la empresa como eximente o atenuante ante un eventual delito cometido en su seno, es un mecanismo de autoconocimiento empresarial de los procesos productivos y supone una mejora continua en los mismos, siendo a su vez de gran ayuda en la organización interna de la empresa, puesto que supone una revisión integral de su estructura y funcionamiento.
- Mejora de la reputación empresarial y la competitividad
Las empresas que tienen implementado un Compliance llevan a cabo campañas de comunicación haciendo llegar un mensaje a la comunidad de que la forma de hacer los negocios es algo importante en sus procesos internos. Valores como buenas prácticas comerciales, transparencia, la honestidad, políticas de igualdad y el compromiso con el cumplimiento normativo contribuyen a mejorar la reputación de las organizaciones.
¿Está obligada una empresa a tener un Compliance?
No existe ninguna norma que obligue a las empresas a implementar un sistema de gestión de Compliance, no obstante, son muchas las ventajas y beneficios que una empresa puede obtener por ello, que cada vez son más las que se deciden a implementarlo.
En definitiva, lo que busca una empresa en el mercado es su continuidad en el tiempo con el mayor margen de beneficios posible, la seguridad absoluta es una utopía, y en la búsqueda de este ideal, las compañías se preparan para contar con todas las herramientas posibles que hagan mitigar al máximo esas amenazas que ponen en riesgo su existencia, entre las que está indudablemente contar con un programa de Compliance.
Ya no basta con tener un buen producto o servicio y comercializarlo, las personas pertenecientes a una sociedad moderna de consumo buscan identificar sus valores con lo que compran o adquieren, siendo la imagen ética de la empresa y, sobre todo las prácticas de gobierno corporativo, las responsables de mantener el equilibrio entre los objetivos económicos y los sociales y los objetivos individuales y los comunitarios.
Autor: Lourdes del Amo de la Fuente | Abogada, Urbanista y Mediadora empresarial. Fundadora de Trustbuilding Empresas